El concepto de
importación paralela hace referencia a la venta en un país de
un producto no falsificado, importado de otro país sin permiso del titular del copyright o la propiedad intelectual. La importación paralela también se denomina
venta de producto gris. Y en la práctica, suele darse cuando un empresario independiente adquiere de modo legítimo bienes en un estado, normalmente más baratos, y los lleva a otro para su venta, normalmente a un precio superior. El vendedor no cumple con las pautas legales de importación ni con el sobrecoste que este procedimiento conlleva.
Ocurre que el
agotamiento de los derechos de propiedad intelectual –una vez vendido el producto con el consentimiento del productor/marca en un territorio, este no puede oponerse a su reventa– permite de alguna manera esta práctica de forma lícita. Además,
en el caso de los países del Espacio Económico Europeo (EEE) el principio de la libre circulación de mercancías y la concepción de un espacio único facilita la venta de
producto gris una vez el productor o marca ha autorizado su venta en cualquiera de los países miembros.
En el caso de importaciones desde otros países no miembros del EEE, si el importador no tiene el consentimiento del titular de la marca, la operación puede considerarse ilícita siempre que no haya habido una primera venta permitida.
Es el caso de las
consolas de videojuegos Sony PSP que se importaron al EEE desde Japón 12 meses antes del lanzamiento de este producto en Europa. En este caso, los importadores las vendían a un precio superior al previsto para la UE, aprovechando una situación de monopolio.
Polo Ralph Lauren, por ejemplo, interpuso una demanda contra USASTUR por violación de las marcas de Polo Ralph Lauren en 2012 porque la demandada había vendido productos que no habían sido introducidos en el EEE por el titular de las marcas o con su consentimiento. La demanda fue admitida teniendo en cuenta que se había infringido la regulación, pues los productos no habían sido introducidos en el EEE por el titular o con su consentimiento (no se había producido el agotamiento comunitario).
El agotamiento de patente no implica que los titulares de marcas o patentes no puedan luchar contra la importación paralela que perjudica su marca. Se trata de ver si se puede apelar a las
normas de competencia desleal y
protección al consumidor. Y es que este, si adquiere un
producto gris, suele perder la garantía del productor, un factor importante si hablamos de productos de electrónica, por ejemplo.
En cualquier caso, para las marcas disponer de información en tiempo real de los movimientos en su territorio de “producto gris” resulta fundamental para gestionar la situación lo más rápido posible y que esto afecte lo mínimo a su estrategia de venta. Esta es una de las funcionalidades que ofrece nuestra herramienta
Plyzer Intelligence.